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Lic. Daniel Villanueva Plasencia

miércoles, 14 de julio de 2010

4 sencillos pasos registrar una Marca en Mexico

Antes que nada es de vital importancia conocer que es una marca, una marca es todo símbolo o signo visible, capaz de distinguir productos (Coca Cola) o servicios (Aeromexico) y diferenciarlos de otros de su misma clase. Así pues para que un símbolo pueda distinguirse de los demás este debe de ser distintivo y no inducir al engaño. Específicamente en México la Ley de la Propiedad Industrial regula en sus Artículos 88, 89 y 90 lo que es, lo que puede ser y lo que nunca será una marca, entre las prohibiciones para que un signo sea considerado como marca se encuentran los nombres técnicos o de uso común, aquellas que sean descriptivas de alguna se sus cualidades, las letras, dígitos o colores de manera aislada, aquellos que sean engañosos o que induzcan al error. Existen distintos tipos de marca las Nominativas (Solo letras), Innominadas (Solo elemento grafico o logo) y por ultimo las Mixtas que contienen elementos de las 2.

Cabe mencionar que para poder hacer oponibles a terceros los derechos que se tienen sobre un signo distintivo es necesario que esta sea registrada ante la autoridad competente el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), si no se registra la marca no se tienen derechos sobre estas. Una vez que entendemos lo que puede ser una marca podemos pasar a los tramites necesarios para el registro ante el IMPI:

1.- Lo primero que hay que hacer cuando ya se cuenta con un símbolo es realizar una búsqueda de anterioridades fonéticas, esto es buscar en la base de datos del IMPI si el signo que proponemos a registro no es propiedad de alguien mas o si este puede ser similar a algún otro registrado anteriormente por algún tercero. Es importante checar cada uno de los expedientes o registros que puedan ser similares o idénticos ya que en muchos casos en estas listas aparecen marcas que ya no se encuentran vigentes.

2.- Ya que sabemos que la marca no es idéntica o similar a otra, entonces procedemos a llenar la solicitud de registro de marca la cual lleva el nombre del titular y su domicilio, así como los datos para la notificación de posteriores comunicaciones. Se debe de identificar el nombre de la marca y acompañarlo de los logotipos en caso de que cuente con el. Importante también revisar a fondo los productos o servicios que se pretenden amparar, para poder clasificar estos de acuerdo a la clasificación de Niza, podemos checar la lista de clasificación oficial de productos y servicios, esta clasificación nace de un tratado internacional por medio del cual se clasifican en 45 apartados la totalidad de los productos y de los servicios. Es necesario que pongamos la clase correcta en la solicitud ya que de lo contrario el IMPI nos requerirá para aclarar este problema y perderemos tiempo y dinero. Un ejemplo es la clase 43, la cual incluye Bares, Restaurantes u Hoteles.

3.- Una vez que se cuenta con la solicitud completamente llenada habrá que entregarla por duplicado y con firmas autógrafas en la oficina del IMPI mas cercana a usted. En caso de que se acompañe por algún poder, este debe de ser presentado adjunto a la solicitud y debe de ser indicado en la parte trasera de la solicitud, en el caso de personas morales es necesario presentar acta constitutiva o escritura en la cual aparezcan las facultades de quien otorga el poder. Junto con la solicitud se debe de presentar el pago correspondiente, este se paga en diversas instituciones bancarias (Bancomer, HSBC, Santander o Banorte) el pago puede ser realizado por Internet a través de la pagina del IMPI.

4.- Iniciado el tramite habrá que esperar un promedio de 6 meses para recibir alguna noticia por parte del IMPI, en este momento lo que puede suceder es:

A) Que se cite una anterioridad o algún requerimiento.
B) Que se otorgue.
C) Que se niegue.

Una vez que el IMPI emite una resolución negativa se cuenta con un periodo fijo para que el titular conteste lo que a su derecho corresponda, normalmente es de 5 días o 2 meses.

Cuando la Marca es otorgada entonces corresponde la titular utilizarla tal cual como esta fue registrada esto. La vigencia de una marca es indefinida mientras se conserven los derechos y se pague por la renovación cada 10 años. Hay que estar conscientes de que las marcas tienen una protección territorial por lo que si se registran en México tendrán protección solamente en toda la república mexicana mas no en el extranjero.

Como mantenimiento de la marca recomendamos los abogados que cada 3 años se de un aviso al IMPI sobre el uso de la marca, aunque esta disposición no tiene fundamento en la ley, es una herramienta que funciona muy bien.

Ya que este es un resumen poco profundo y extremadamente rápido no dude en contactarnos para resolver cualquier duda que pueda tener, espero haberlo ayudado y que ahora tenga una mejor comprensión respecto al tramite marcario.

Cordialmente,


Lic. Daniel Villanueva Plasencia.